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lunes, 11 de marzo de 2013

Normas de higiene que debe seguir el personal de las tiendas de tatuajes y piercing

 

JAVI BLOG2

Además de exigir requisitos sobre loslocales y sobre el instrumental que se utiliza en las tiendas donde se aplican tatuajes y piercings, la normativa* exige una serie de requisitos para el personal que los aplica:

Quienes se dediquen a realizar tatuajes y piercings deben estar vacunados contra enfermedades transmisibles por vía sanguínea y para las que se dispongan de vacunas eficaces.

Los dueños y el personal aplicador deben disponer de las cartilla que acrediten la vacunación dentro del establecimiento a disposición de las autoridades sanitarias.

El personal aplicador deberá observar en todo momento lasóptimas condiciones de higiene y adoptará las medidas de protección frente a enfermedades transmitidas por la sangre y, en particular, las siguientes normas de higiene:

a) Lavarse las manos con agua y jabón antiséptico antes de iniciar cualquier práctica y al finalizar la misma, así como cada vez que dicha práctica se reemprenda en caso de haber sido interrumpida.

b) Utilizar guantes impermeables de un solo uso.

c) Cubrirse los cortes, heridas, quemaduras u otras lesiones infecciosas o inflamatorias de la piel con vendajes impermeables. Cuando esto no sea posible, se abstendrá de realizar prácticas que impliquen contacto directo con las personas usuarias hasta que se produzca su curación.

d) Esterilizar, desinfectar o sustituir, según proceda, el instrumental que se sospeche que haya podido contaminarse por cualquier eventualidad durante la aplicación de estas técnicas.

e) No se comerá ni se fumará en el establecimiento. Se prohíbe el consumo de cualquier bebida, mientras se permanezca en el área de trabajo.

El personal aplicador debe llevar ropa específica para el desarrollo de su trabajo. Las batas, toallas, protectores u otros elementos que resulten contaminados con sangre y fluidos corporales deberán ser sustituidos inmediatamente.

Todas las manipulaciones deberán guardar las normas básicas de protección y prevención en la transmisión de enfermedades y obedecer a unas buenas prácticas de higiene. Además de lo ya expuesto en puntos anteriores, en cuanto a las manipulaciones, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Como requisito básico, antes de cualquier perforación se procederá a la desinfección de la piel con povidona iodada, alcohol u otro desinfectante de análoga eficacia.

b) Las tintas que vayan a utilizarse para cada cliente y sesión deberán proceder de envases unidosis. En caso de que esto no sea posible, deberán colocarse en recipientes de uso individual y desecharse posteriormente.

c) Se aplicarán barreras de protección frente a salpicaduras de sangre.

d) Los objetos cortantes o punzantes que puedan estar contaminados con sangre se manejarán y desecharán de manera adecuada para prevenir accidentes.

e) En el caso de que el material caiga al suelo deberá esterilizarse o desinfectarse, según proceda, antes de usarlo nuevamente.

f) En el supuesto de que haya que trasvasar geles y cremas para su aplicación individualizada, se utilizarán hisopos de un solo uso.

* Decreto 141/2010, de 27 de octubre, por el que aprueba el Reglamento por el que se establecen los requisitos higiénico-sanitarios de las actividades de tatuaje, micropigmentación, perforación u otras técnicas similares de decoración corporal (BOPA de 17 de noviembre de 2010).

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